Orden de Bases https://www.boe.es/boe/dias/2021/07/06/pdfs/BOE-A-2021-11212.pdf
Anuncio (pendiente de publicación)
Convocatoria (pendiente de publicación)
Objeto de la ayuda
Proyectos de investigación y desarrollo, así como proyectos de innovación en materia de organización y procesos que contribuyan a la transformación digital de las empresas industriales y a la mejora de su sostenibilidad ambiental como consecuencia de su digitalización.
El ámbito temático será el desarrollo e implementación de los habilitadores digitales en empresas industriales manufactureras que se adapten a las prioridades temáticas establecidas en esta orden.
Líneas de actuación
– Activa-Pymes: Proyectos realizados por pequeñas y medianas empresas, según la definición establecida en el artículo 4
– Activa-Grandes implementaciones: Proyectos realizados por cualquier tipo de sociedades que puedan ser beneficiarias según lo establecido en el artículo 4
Tipo de proyectos
– Investigación industrial (Informe ENAC)
– Proyectos de desarrollo experimental (Informe ENAC)
– Proyectos de innovación en materia de organización
– Proyectos de innovación en materia de procesos
– Proyectos de validación preliminar (solo línea ACTIVA PYME).
Prioridades temáticas
1. Plataformas de interconexión de la cadena de valor de la empresa.
2. Soluciones para el tratamiento avanzado de datos.
3. Soluciones de inteligencia artificial.
4. Proyectos de simulación industrial.
5. Diseño y fabricación aditiva.
6. Proyectos de realidad aumentada, realidad virtual y visión artificial.
7. Robótica colaborativa y cognitiva.
8. Sensórica
Beneficiarios
– Sociedades con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España e inscritas en el registro correspondiente, con independencia de su tamaño, que desarrollen una actividad industrial y que no formen parte del sector público.
– Para la línea ACTIVA-PYMES, solo PYMEs
– Actividades incluidas en el ámbito de esta orden: Producción industrial CNAE 10 a 32, Valorización a escala industrial CNAE 38.3x; Complementarias a la producción industrial CNAE 82.92, 52.10, 33, 35 o 36, servicios a la industria CNAE 71.12 y 71.20. (Anexo I )
Tipo de ayudas
Máximo del 80% del presupuesto financiable, en forma de préstamos o combinación de préstamo y subvención.
El importe de la ayuda a conceder en forma de subvención, será como máximo:
a) Del 50 % del presupuesto financiable en el caso de pequeñas empresas.
b) Del 20 % del presupuesto financiable en el caso de medianas empresas.
c) Del 5 % del presupuesto financiable en el caso de grandes empresas.
El importe nominal del préstamo a conceder estará acotado de acuerdo con los siguientes límites:
a) El Riesgo Vivo Acumulado de la empresa con la DGIPYME no podrá superar en 5 veces los fondos propios de la entidad en el último ejercicio cerrado.
b) El importe del préstamo a conceder no podrá superar la cifra de negocios media en los dos últimos ejercicios cerrados.
Límites máximos a la cuantía de las ayudas concedidas:
a) Línea de actuación Activa-Grandes implementaciones:
i. Para los proyectos predominantemente de investigación industrial, 20.000.000 de euros por empresa y proyecto. Si se trata de un proyecto Eureka o de un proyecto ejecutado por una empresa común, establecida sobre la base del artículo 185 o del artículo 187 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, este límite será de 40.000.000 de euros por empresa y proyecto.
ii. Para los proyectos predominantemente de desarrollo experimental, 15.000.000 de euros por empresa y proyecto. Si se trata de un proyecto Eureka o de un proyecto ejecutado por una empresa común, establecida sobre la base del artículo 185 o del artículo 187 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, este límite será de 30.000.000 de euros por empresa y proyecto.
iii. Para los proyectos de innovación en materia de organización y procesos, 7.500.000 euros por empresa y proyecto.
b) Línea de actuación Activa-Pymes: 200 000 euros por empresa durante el período de tres ejercicios fiscales.
Las ayudas concedidas en la línea Activa-Pymes, tendrán la consideración de ayudas de minimis y la intensidad bruta máxima será del 50 % del coste subvencionable del proyecto.
Las ayudas concedidas en la línea Activa-Grandes Implementaciones, y según los tipos de proyectos, respetarán las intensidades brutas máximas recogidas en el artículo 15.7.
La intensidad de la ayuda para los proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental podrá aumentarse en 15 puntos porcentuales, hasta un máximo de 80 %, si se cumplen algunas de las condiciones definidas en el artículo 25.6.b) del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio.
Plazo para presentar solicitudes
Pendiente de convocatoria.